Franquicia Tributaria de Capacitación

sence1Si no estás muy informado del fucionamiento de la franquicia tributaria como beneficio que SENCE entrega a todos los chilenos, aquí te dejamos un muy buen artículo sobre estos temas.

Preguntas Básicas

¿Qué son los OTEC y los OTIC?

Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son instituciones acreditadas por Sence que tienen la exclusividad para ejecutar actividades de capacitación que puedan ser imputadas a la franquicia tributaria.

Los únicos cursos no ejecutados por un OTEC que podrán imputarse a la franquicia tributaria son los cursos internos y los interempresas.

Los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación (OTIC) son organismos que administran para capacitación parte o todo del 1% de remuneración imponible de sus empresas afiliadas. Además, sirven de nexo entre la empresa y el OTEC. La adhesión a un OTIC es de carácter voluntario.

¿Qué es la franquicia tributaria de capacitación?

Es un incentivo tributario para que las empresas deduzcan de sus impuestos la inversión que efectúan por concepto de capacitación de sus trabajadores(as).

¿Quiénes pueden acceder a ella?

Las empresas contribuyentes de Primera Categoría de la Ley de Renta que tengan una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM.

¿Qué tramos existen en relación con el valor hora participante para efectos de la franquicia tributaria?

  • Se franquiciará el 100% del valor hora Sence por participante cuando la remuneración bruta percibida por el trabajador esté entre 0 a 25 UTM.
  • Se franquiciará el 50% del valor hora Sence por participante cuando la remuneración bruta percibida por el trabajador exceda las 25 y no sobrepase las 50 UTM.
  • Se franquiciará el 15% del valor hora hora Sence por participante cuando la remuneración bruta percibida por el trabajador sea mayor a las 50 UTM.

Para determinar en qué tramo cae esta remuneración se deberá tomar como referencia tanto la UTM como la remuneración del mes anterior a la comunicación de la actividad de capacitación.

Hora SENCE

La franquicia tributaria de capacitación opera en virtud de un valor hora cronológica máximo por participante que es establecido anualmente.
Ese valor define el monto máximo que se podrá imputar a franquicia tributaria de capacitación respecto de las horas cronológicas efectivamente realizadas por el participante en una actividad de capacitación.
Valor Hora SENCE $4.000.-

Fuente: Servicio Nacional de Capacitación y Empleo

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